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Reportaje |
mayo-junio
2006 |
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El Código
Técnico de la Edificación: viviendas más
eficientes |
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Cada año se construyen en España
800.000 viviendas insostenibles. Esta crítica,
formulada por el WorldWatch Institute en su informe anual
sobre la situación mundial, se añade a
la denuncia expresada por el
secretario general para la Prevención de la Contaminación
y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri,
quien afirmó en noviembre pasado que una vivienda
nueva en España consume un 40% más de
energía que otra igual construida en Francia,
puesto que aquí, dijo, "se ha abandonado
absolutamente la prioridad del aislamiento y del ahorro
energético”.
Para cambiar esta
situación, el Consejo de Ministros
aprobó, el pasado mes de marzo, el nuevo Código
Técnico de la Edificación (CTE),
actualizando la normativa edificatoria española, que databa
de los años setenta y no se había modificado desde entonces.
El CTE establece una serie de exigencias básicas de calidad,
seguridad y habitabilidad de los edificios y las instalaciones, para
que el sector de la construcción se adapte a la estrategia de
sostenibilidad energética, medioambiental y económica.
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El CTE regulará la construcción
de todos los edificios nuevos y la rehabilitación
de los ya existentes, tanto los destinados a viviendas
como los de uso comercial, docente, sanitario, deportivo,
industrial o sociocultural. Introduce elementos novedosos
sobre materiales y técnicas de construcción
para conseguir edificios más seguros y eficientes
energéticamente. Según fuentes del Ministerio
de la Vivienda, con la entrada en vigor del CTE, España
se coloca entre los países más innovadores
en materia de edificación, cumpliendo las directivas
europeas sobre calidad y eficiencia energética,
y fomentado la innovación y el desarrollo tecnológico.
Esta
normativa, asegura el técnico de la Agencia,
Josep Vela, “supone un paso adelante en la regulación
de los aspectos energéticos de los edificios,
poniéndonos en los niveles de exigencia del resto
de países europeos e introduciendo nuevos elementos
como la incorporación de la energía solar
en los edificios”.
Por su parte, Francesc Labastida,
de la Oficina Consultora Técnica del Colegio de Arquitectos de Catalunya,
opina que “aunque no haya cambios muy sustanciales,
sí que es importante el conjunto de exigencias
necesarias para cumplimiento de los requisitos de seguridad
y habitabilidad”.
Una de las innovaciones más destacadas de la
nueva normativa estatal es que incorpora la necesidad
de conseguir construcciones más sostenibles y
eficientes energéticamente, para limitar las emisiones
de
CO2 a la atmósfera. A este fin, el CTE
establece la obligación de incorporar criterios
de eficiencia energética y el uso de energía
solar, térmica o fotovoltaica, en los nuevos edificios
o en los que se vayan a rehabilitar. Así, el Documento
Básico de ahorro de energía, de carácter
regulatorio, contiene cuatro exigencias energéticas
fundamentales: la limitación de la demanda energética,
el rendimiento de las instalaciones térmicas, la
contribución solar térmica mínima
para producir agua caliente sanitaria (ACS), y la contribución
solar fotovoltaica mínima para producir energía
eléctrica.
Reducir la demanda energética, especialmente
con respecto a la calefacción de las viviendas,
es una de las prioridades del nuevo texto. Los edificios
deberán disponer de determinadas características
arquitectónicas que contribuyan a lograr la temperatura
idónea dentro del hogar, y que se establecerán
en función del clima de la localidad, del uso
del edificio y de la estación del año.
Con estas condiciones, la demanda de calefacción
se podrá reducir en un 25%. Según han indicado
estudios previos de la normativa, la demanda de calefacción
experimentará en toda España una reducción
media que oscilaría entre el 21% (en bloques de
viviendas) y el 37% (en viviendas unifamiliares).
Por
primera vez, se establecen también unos requisitos
para mejorar la eficiencia energética de la iluminación,
dirigidos especialmente al sector terciario. Las luces
se ajustarán a la ocupación real de la
zona que iluminan, y dispondrán de sistemas de
control y regulación para aprovechar al máximo
la luz natural. |
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Equipos de captación
solar térmica |
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El CTE también prevé la obligación
de equipar con captadores solares los edificios, para cubrir
las necesidades energéticas de sus usuarios y de
las instalaciones. Las nuevas viviendas deberán
obtener entre el 30% y el 70% del ACS con energía
solar térmica, en función de la situación
geográfica y de la demanda de ACS. Este aspecto
de la normativa, sin embargo, establece excepciones en
los casos de los edificios históricos que se rehabiliten
(que no tendrán que tener placas solares) y cuando
el edificio se encuentre en una zona de sombra (donde la
falta de sol se deberá compensar con otras energías
renovables).
Por su parte, los nuevos edificios del sector
terciario que superen una cierta superficie (en el caso
de las
oficinas, los
4.000 m²)
tendrán que contar con equipos de captación solar fotovoltaica
para satisfacer parte de sus necesidades de electricidad. |
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Según las estimaciones del Instituto
para la Diversificación y el Ahorro Energético (IDAE),la
aplicación de estas medidas representará en
cada edificio un ahorro energético de entre
un 30% y un 40%, así como una reducción
de emisiones de CO2 de entre un 40% y un
55%.
Para Labastida, las principales virtudes de este
texto son que representa “la recopilación de una
normativa que ahora está muy diversificada y desconnexa” y,
al mismo tiempo, “su carácter exigencial;
es decir, procura obtener la prestación de seguridad
y habitabilidad mediante un conjunto de exigencias”.
Este experto opina que esto provocará la incorporación
al sector de nuevas técnicas, y fomentará nuevos
criterios de diseño y la innovación tecnológica.
Esta
normativa, sin embargo, tiene algunas faltas, según
Vela. “El esfuerzo realizado para simplificar el
cumplimiento de la norma ha significado que no se hayan
tratado adecuadamente aspectos como la refrigeración
de los edificios, con un peso cada vez más importante,
o que se hayan dejado de lado soluciones constructivas
determinadas que en algunas regiones se aplican habitualmente
y han demostrado unos buenos comportamientos térmicos”,
afirma el técnico.
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Viviendas poco
eficientes |
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En Barcelona como en Catalunya, el sector
residencial aglutina buena parte del consumo final de energía.
Según Imma Mayol, presidenta de la Agencia, en el
caso de la vivienda, “hace falta revertir la tendencia
al incremento del consumo energético, que en muchos
casos no quiere decir un incremento del bienestar”.
“ Edificios más eficientes quiere decir
edificios que necesitan menos energía, y, por
lo tanto, menos gasto económico para sus usuarios”,
indica Mayol. En este sentido, la presidenta de la Agencia
asegura que “la inversión en eficiencia
energética es una inversión económica
favorable”.
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Posible subida
de los precios |
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La aprobación de esta nueva ley ha provocado el
debate sobre el posible encarecimiento del precio de la
vivienda. La Asociación de Promotores y Constructores
de España (APCE) considera que las nuevas medidas
revertirán en un aumento de los costes de construcción,
y, por lo tanto, sobre el precio final de las viviendas,
aunque prevé que este aumento no sobrepasará el
2% en los pisos de venta libre.
Frente a estas manifestaciones,
la ministra de Vivienda, María Antonia Trujillo, ha manifestado públicamente
que el ahorro económico y medioambiental que comportará el
CTE compensará el sobrecoste del 1% que causará su
aplicación. Según Trujillo, los beneficios
derivados del ahorro energético harán que
el encarecimiento de la vivienda esté amortizado
en cinco años.
Los fabricantes de ladrillos han
alertado de que deberán
subir los precios de este material básico para
la construcción, para compensar la subida del
gasto energético en los procesos de producción,
causada en buena parte por el aumento del precio del
petróleo. En este sentido, Mayol advierte que “lo
que realmente encarece la vivienda es la ineficiencia
energética”.
El CTE, que entró en vigor el 29 de marzo –al
día siguiente de su publicación en el Boletín
Oficial del Estado–, establece un periodo de aplicación
voluntaria durante doce meses, excepto al respecto del
ahorro energético y de la seguridad contra incendios,
cuyos preceptos han de aplicarse a los seis meses.
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Viviendas
iniciadas
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Fuente: Ministerio
de la Vivienda
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