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Reportaje |
noviembre-diciembre
2007 |
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Un estudio analiza
las obligaciones solares de todo el mundo de forma exhaustiva |
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Por primera vez, un documento
ofrece un análisis global de la estructura de las obligaciones
solares y propone buenas prácticas. Se trata de
Best practice regulations for solar thermal, un estudio
producido en el marco del proyecto Key issues for
Renewable Heat in Europe (K4NADA-H), y en el qué ha participado
la Agencia de Energía de Barcelona. El K4NADA-H
es cofinanciado por el programa Intelligent Energy
Europe de la Comisión Europea y lo ha coordinado el European
Solar Thermal Industry Federation (ESTIF).
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El estudio incluye un breve repaso histórico
y destaca los beneficios y gastos de las obligaciones
solares, además de unas pautas para técnicos
y políticos para su implantación; también
se hace un análisis exhaustivo de las medidas
necesarias para garantizar la calidad de la instalación.
En el anexo se recogen buenas prácticas como
las de Barcelona, España, Alemania o Italia. |
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Repaso histórico
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Tal y como se explica a Best practice
regulations for solar thermal, la primera obligación solar de
la historia se hizo el año 1980 en Israel, a raíz
de la preocupación por la seguridad en el suministro
energético y en plena resaca de la crisis del petróleo.
Todo y el éxito, no fue hasta 20 años después
de que se aprobó otra normativa de este tipo, en
este caso en Barcelona. Se trataba de la primera ordenanza
solar que se adoptaba.
Hasta entonces, sólo la ciudad de Berlín
había hecho un intento a principios de los años
80, pero el borrador que se hizo no llegó nunca
a aprobarse debido a cambios en el gobierno y a la oposición
del sector local de la construcción.
Las décadas de los 80 y 90 estuvieron marcadas por
el decrecimiento de la energía y la carencia de
reacción política ante la evidencia –cada
vez más clara- del cambio climático.
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Las ventajas |
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Pero, tras todos estos años, la tendencia
es cada vez más positiva. Los beneficios de la energía
solar son claros: no sólo permite preparar de forma
gradual los países y las regiones para la escasez
de combustibles fósiles, sino que crea economías
de escala que benefician, también, el mercado voluntario
en los edificios que no están sujetos a la normativa.
Ahora
bien, las obligaciones solares comportan un cambio en el
mercado solar térmico: en el marco de una
obligación de este tipo, es necesario prever medidas
para garantizar la calidad de los productos, la instalación
y el mantenimiento, además de un régimen
claro de inspección y sanción. Si no es
así, el rendimiento solar puede llegar a ser más
bajo y afectar a la aceptación de la regulación
y, posiblemente, de la energía solar en general.
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Las obligaciones
solares en Europa y en el mundo |
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En la actualidad, la Comisión Europea
está preparando la propuesta para una nueva directiva
que cubrirá todas las energías renovables.
Por primera vez, esta directiva afectará el sector
de la climatización. Todavía no se sabe qué medidas
específicas se incluirán en la propuesta,
que deberá adoptar a posteriori el Consejo Europeo
y el Parlamento.
Fuera de Europa, la idea de las obligaciones
solares o para calefacción renovable está ganando
terreno. Hoy por hoy, se está planteando la posibilidad
de implantar obligaciones solares en el Área Metropolitana
de Tokyo –dónde viven 35 millones de personas-
y en Minas Gerais, el segundo estado federal más
poblado del Brasil.
Por su parte, algunos estados federales
australianos han promulgado normativas que podrían hacer que
la solar térmica fuera una de las opciones favoritas
para satisfacer los estándares de eficiencia;
y China también se está planteando la posibilitad
de introducir una normativa solar.
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Podéis
descargar el estudio aquí.
Para más información sobre el proyecto
K4RES-H, podéis consultar la página
web.
Podéis también consultar todos los documentos
y publicaciones de la Agencia sobre la OST aquí.
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